Las
claves de lo acordado son:
1. El
fondo de rescate podrá recapitalizar a la banca española siempre y cuando el
Banco Central Europeo se convierta en supervisor único de las entidades financieras.
Esto supone que se podrá inyectar dinero a los bancos sin que dicho dinero pase
por el Estado español (a través del FROB como se pensaba hacer). La deuda será
bancaria y no pública.
2. Los
fondos a través de los cuales se canalizará la recapitalización bancaria (el
Fondo Europeo de Estabilidad Financiera –FEEF- o el Mecanismo Europeo de
Estabilidad –MEDE-) no tendrán carácter de preferencia al cobrar sus deudas. La
nueva deuda NO tendrá prioridad a la hora de ser cobrada (no será seniority).
3. Se flexibilizarán los requisitos para la compra de deuda
estatal por parte de los dos fondos de rescate (FEEF y MEDE). Aún no se han
concretado que requisitos. Seguramente se haga en el mercado secundario y no de
forma directa.
Fuente: cuatro (imagen)
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